¿Por qué contribuir con la cultura?
Tú decides a dónde se van tus impuestos.
Las artes contribuyen a la transformación de México en una sociedad empática, crítica, ética y abierta al diálogo, a través de generar cohesión social, orgullo e identidad, legado, creatividad e innovación.
¿Cómo participan las empresas?
En vez de pagar tus impuestos a la SHCP los diriges directamente al proyecto artístico de tu elección.
El monto dirigido se deduce de tu pago de ISR
Existen montos máximos para aportar, Eficine: 20 millones de pesos; Efiartes: 2 millones de pesos, ó el 10 % del ISR del periodo anterior.
¿Qué gano como empresa?
Cooperar decididamente en el fomento a la creación artística mexicana.
Participar en el desarrollo cultural, social y económico de diversas regiones de México.
Ser parte del proceso de transparencia en el uso de los recursos fiscales.
Posicionamiento como una empresa culturalmente responsable: esto puede lograr un incremento en la demanda de tus productos y servicios en el mercado nacional e internacional, así como una reducción de gastos en mercadotecnia, inserción en medios, etc.
Documentación
La documentación requerida para solicitar el estímulo fiscal es:
- Documento de acuerdo de voluntades donde se establezca el monto de la aportación y las condiciones que deben cumplir cada una de las partes para la realización del proyecto de inversión (Contrato)
- Acta constitutiva de la empresa responsable del proyecto de inversión en la producción o distribución cinematográfica nacional.
- Si es persona MORAL: Poder notarial o del corredor público en el que se haga constatar el representante legal o persona autorizada para suscribir contratos.
- Cédula de identificación fiscal con la razón social y el domicilio fiscal vigentes. (CIF)
- Identificación oficial vigente del apoderado o persona que celebra el contrato.
- Certificado de derechos de autor de la obra a explotar. (En caso de que la persona que celebre el contrato no sea el titular de los derechos de la obra, se deberá incluir el documento en el que conste la autorización del titular para la explotación de la obra).
- ALGUNAS EMPRESAS CONTRIBUYENTES SOLICITAN:
- Uno o dos comprobantes de domicilio del la empresa o en su defecto, el responsable del proyecto. Menor a tres meses de antigüedad.
- 32 D actualizada.
- Carátula de estado Bancario, menor a tres meses de antigüedad.
- Acuse de declaración anual.
Para ahondar en los artículos de la ley del ISR que otorgan los estímulos fiscales 189 y 190 se adjuntan las siguientes ligas.
Eficine 189
Eficine 189 - IMCINE
Eficine 189 - Hacienda